jueves, 26 de abril de 2012

EL AGUA ¿DERECHO HUMANO? ..MUNICIPALIDAD DE LIMA Y LA EMPRESA RELIMA PROHIBEN A SUS OBREROS BEBER AGUA DURANTE LA JORNADA LABORAL

LA EMPRESA RELIMA AMBIENTAL S.A. PRESTA SERVICIOS DE LIMPIEZA PUBLICA SERVICIOS A LAS MUNICIPALIDADES DE LIMA,MIRAFLORES Y SAN ISIDRO .

LOS OBREROS DEL AREA DE RECOLECCION SON LOS QUE REALIZAN EL RECOJO DE RESIDUOS SOLIDOS (basura) EN LOS CAMIONES COMPACTADORES DE LAS CALLES Y AVENIDAS DE LOS REFERIDOS DISTRITOS.

HAY QUE PRECISAR QUE A LOS OBREROS DE LIMPIEZA PUBLICA  ,LA EMPRESA  RELIMA NO LES PROVEE DE AGUA EN DIAS DE CALOR INTENSO Y EXTENUANTE CON 32 GRADOS DE TEMPERATURA

EN LA PRIMERA SEMANA DEL MES DE ABRIL FUERON SUSPENDIDOS SIN GOCE DE HABER  DICHOS OBREROS(ayudantes de recoleccion) POR INGERIR EL LIQUIDO ELEMENTO( agua) QUE ALGUNA VECINA LES ALCANZO PARA SACIAR SU SED DE ESTA LABOR TAN EXTENUANTE Y PELIGROSA.

DICHA SUSPENSION SIN GOCE DE HABERES QUE AFECTA REMUNERATIVAMENTE LA CANASTA FAMILIAR DE LOS TRABAJADORES ES DEBIDO A QUE INSPECTORES DE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA SIGUIENDO AL PARECER ALGUNA CONSIGNA ACOSAN Y HOSTIGAN A LOS OBREROS SINDICALIZADOS PENALIZANDO A LA EMPRESA RELIMA Y ASI ESTA A SU VEZ SUSPENDA A SUS OBREROS.

UN EQUIPO CONFORMADO POR UN CHOFER ( que maneja el camion) Y TRES AYUDANTES DE RECOLECCION ( que son los que van atras del camion) TIENEN LA OBLIGACION POR MEDIO DE PLANOS DE RECORRIDO (tarea) RECORRER UN APROXIMADO DE 30 KILOMETROS DIARIOS DURANTE SUS OCHO HORAS.

ASI COMO LO ESCUCHA UN EQUIPO DE RECOLECCION(tres ayudantes y un chofer)  TIENEN LA OBLIGACION DE  RECORRER ( correr) 30 km. Y RECOGER APROXIMADAMENTE 24 TONELADAS DE BASURA DURANTE OCHO HORAS.

24 TONELADAS DE BASURA POR DIA ( 8 horas)  QUE SON APROXIMADAMENTE  3 TONELADAS de BASURA POR HORA.
1 TONELADA DE BASURA  c/20 minutos      o    50 KILOS DE BASURA POR MINUTO.

LA GRAN MAYORIA DE AYUDANTES DE RECOLECCION SUFREN ENFERMEDADES MUSCULO ESQUELETICAS(lumbalgia,talon,rodillas,brazos,codos.dedos,hombros,manos,etc) Y ES DEBIDO AL TRABAJO CON MOVIMIENTOS REPETITIVOS  Y AL EXCESO DE TRABAJO QUE LES OBLIGAN A REALIZAR LA MUNCIPALIDAD DE LIMA  Y LA EMPRESA RELIMA AMBIENTAL S.A.

LOS TRABAJADORES DE LA LIMPIEZA PUBLICA  VIENE LABORANDO EN LA VIA PUBLICA  EXPUESTO A UN CALOR EXTENUANTE CON BORDEA LOS 32 GRADOS CENTIGRADOS Y ESTAN PROHIBIDOS DE BEBER O RECIBIR  AGUA CASO CONTRARIOS SON SUSPENDIDOS Y DE SEGUIR LA REITERANCIA DESPEDIDOS.

LOS GRANDES CULPABLES DE ESTOS ATENTADOS CONTRA SEGURIDAD Y LA SALUD DE LOS HUMILDES OBREROS DE LA LIMPIEZA PUBLICA  SON LA MUNICIPALIDAD DE LIMA Y LA EMPRESA RELIMA AMBIENTAL S.A. QUE AL PARECER LES IMPORTA POCO O NADA LA SEGURIDAD,SALUD Y VIDA DE SUS OBREROS.

LA LEY 29783,LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN SU ARTICULO 103 DICE :
"la entidad empleadora principal responde directamente por las infracciones que en su caso comentan por el incumplimiento de las obligaciones de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores,personas que cumplan servicios asi como entidades contratista y subcontratistas ."

ESTOS ACTOS ATENTATORIOS CONTRA LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS OBREROS POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA Y RELIMA MERECEN EL REPUDIO TOTAL Y PEDIMOS QUE INMEDIATAMENTE SE DE JE SIN EFECTO ESTAS ACTOS ANTILABORALES(suspensiones y despidos).

ASI COMO PEDIMOS INMEDIATAMENTE QUE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA  ASUMA SU RESPONSABLIDAD COMO EMPLEADORA PRINCIPAL Y VERIFIQUE EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCION MINISTERIAL 312-2011/MINSA  sobre los EXAMENES OBLIGATORIOS OCUPACIONES QUE TODA EMPRESA DEBE REALIZAR A SUS OBREROS Y HASTA LA FECHA NO SE REALIZAN.

IGUALMENTE ESTA SITUACION SE VIENE REPITIENDO EN LOS DEMAS MUNICIPIOS A LOS CUALES PRESTAMOS TRABAJO LOS OBREROS DE RELIMA.

SR. MINISTRO DE TRABAJO,SRES. ALCALDESA DE LIMA,SR. ALCALDE DE MIRAFLORES,SR. ALCALDE SAN ISIDRO  USTEDES TIENEN LA PALABRA.

 https://www.facebook.com/notes/sindicato-relima/-el-agua-derecho-humano-municipalidad-de-lima-y-relima-ambiental-sa-prohiben-a-o/10150768606414557






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